¿Ampliaciones sin regularizar? Qué revisar antes de vender una vivienda usada
Una casa puede tener más metros construidos que los reconocidos en planos. Antes de vender, compara permisos y recepción municipal con lo existente. La Ley 21.725 extendió hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo de ingreso de ciertas solicitudes de regularización bajo la Ley 20.898, pero no todas las ampliaciones califican.
¿Qué permite la Ley del Mono?
El procedimiento excepcional se dirige a edificaciones existentes al 4 de febrero de 2016, con requisitos de superficie, avalúo fiscal histórico, seguridad y emplazamiento. Una modalidad considera hasta 90 m² y avalúo de 1.000 UF; otra, hasta 140 m² y 2.000 UF, con requisitos adicionales. El avalúo relevante corresponde al primer semestre de 2016 y existen excepciones específicas.
Documentos antes de vender
Revisa permiso, modificaciones, recepción definitiva y planos. Un profesional debe contrastar las superficies y determinar la fecha de ejecución. Una ampliación posterior a febrero de 2016 no entra en este procedimiento excepcional por el solo hecho de estar abierto el plazo.
Ejemplo práctico
Una casa tiene 62 m² recibidos y 24 m² ampliados. Antes de ofrecer 86 m² regularizados, se debe verificar qué documentos acreditan la obra y cuándo se ejecutó. La discrepancia puede generar observaciones en una compraventa financiada.
Superficie construida versus superficie recibida
El metraje observado en una visita puede diferir de los planos y certificados municipales. Antes de anunciar una casa, distingue superficie física, autorizada y recibida. No toda remodelación equivale a una ampliación: cambiar terminaciones no es lo mismo que aumentar metros edificados. Ante dudas, corresponde revisar los antecedentes en la Dirección de Obras Municipales.
Qué cambió con la Ley N.º 21.725
La reforma fue publicada el 1 de marzo de 2025. Su efecto principal para propietarios de viviendas antiguas es la prórroga del ingreso de solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2027, inclusive. La Circular DDU 521 del MINVU, fechada el 14 de marzo de 2025, explica cómo aplicar esta modificación. La tramitación puede concluir después de ese plazo cuando la solicitud se ingresó oportunamente.
Los límites de superficie no se calculan a ojo
Las modalidades de vivienda consideran topes de 90 y 140 m² de superficie edificada, respectivamente. Desde la reforma de 2025, para nuevas solicitudes se considera la totalidad de la superficie edificada conforme a las reglas técnicas pertinentes. Los expedientes ingresados antes de esa reforma pueden tener un tratamiento diferente. La superficie de un aviso comercial no sustituye una medición profesional.
El avalúo fiscal que importa es el histórico
Para los límites de 1.000 o 2.000 UF de la Ley N.º 20.898, el MINVU indica utilizar el avalúo fiscal del primer semestre de 2016. No equivale al precio de venta ni a la tasación bancaria actual.
Este avalúo histórico es distinto del avalúo fiscal vigente. La superficie edificada total y las condiciones de cada modalidad deben ser revisadas por un profesional competente, no inferidas desde una ficha comercial.
Una obra posterior a febrero de 2016 requiere evaluar otra vía legal, según sus antecedentes y las normas aplicables.
¿Qué puede impedir la regularización?
Hay requisitos de seguridad, habitabilidad y emplazamiento que deben revisarse con antecedentes concretos.
Las áreas de riesgo o protección y ciertas reclamaciones pendientes pueden afectar la elegibilidad. No basta con conocer el metraje.
Permiso y recepción no son equivalentes
Una obra puede contar con permiso de edificación y aun así carecer de recepción definitiva.
Fuentes oficiales consultadas
MINVU, Circular DDU 521 (14 de marzo de 2025)
Conclusión
La prórroga hasta 2027 no es aprobación automática. En Soluciones Colina acompañamos la comercialización de viviendas usadas en Gran Concepción. Para revisar antecedentes comerciales, escríbenos por WhatsApp. La evaluación técnica corresponde a un profesional competente.



